Municipios deben acreditar
cumplimiento de requisitos antes del 31 de agosto para ser certificados
Fuente: Superservicios
Para obtener la certificación en
el manejo de los recursos del Sistema General de Particiones -SGP- para agua
potable y saneamiento básico, los municipios y distritos del país deben
acreditar ante la Superservicios, antes del 31 de agosto del año en curso, el
cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos 1° al 4° del Decreto
1629 de 2012, según la categoría de la entidad territorial y si fue prestador
directo de los servicios públicos al 31 de diciembre de 2011, en los formatos y
formularios habilitados en el SUI, www.sui.gov.co
Lo anterior de acuerdo con el Decreto 1629 de 2012 por el cual se reglamenta los artículos 4 y 5 de la Ley
1176 de 2007.
Los municipios que no logren ser certificados perderían la
administración de los recursos del SGP para agua potable y saneamiento básico,
los cuales pasarían a manos dela respectiva gobernación.
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